DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Carlos Artigas Delgado por intermedio de su apoderado judicial abogado Víctor Chumpitaz, ambos identificados, en contra del auto de fecha 05 de Noviembre del 2011, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, queda anulado el auto apelado y todas las actuaciones posteriores a éste y se ordena al Juzgado a quo trámite la cuestión previa alegada.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y s.....