DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el Abg. Hugo Eduardo Jiménez P., en su carácter de apoderado judicial de la firma mercantil Inversora 3F, C.A., parte demandante en la presente causa, contra la decisión de fecha 21/01/2011 dictada por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.
Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintinueve (29 ) días del mes de Marzo del año dos mil once (2.011)
EL JUEZ TITULAR,
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