DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 20 de marzo de 2.015, hecha en fecha 23 del mismo mes y año, por el abogado JORGE LUIS MOGOLLÓN MOGOLLÓN, identificado en autos.
De conformidad a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintiséis (26) días del mes de marzo de dos mil quince (2.015). Años: 205° y 155°
El Juez Titular,
Abg. José Antonio Ramírez Zambrano.
La Secretaria
Abg. Natali Crespo Quintero.
Publ.....