DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el ciudadano Francisco Emilio Flores Perera, ya identificado, quién estuvo debidamente asistido por el abogado Jorge Luis Mogollón Mogollón, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 23.834, contra la decisión definitiva de fecha 25 de octubre del 2017 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se DECLARA: La INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano FRANCISCO EMILIO FLORES PERERA, quién es venezolano, mayor de edad, de estado Civil Casado, titular de la cédula de identidad N° 964.880.Queda así confirmad.....