DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este juzgador Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada LISMERC KAROLINA ZORCE RANGEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nro. 119.564, en su condición de apoderada Judicial de los accionantes:XUE FENG ZHEN DE CHANG, IRENE KARINA CHANG ZHENG Y HECTOR DAVID CHANG, identificados en autos, contra la decisión interlocutoria con carácter definitivo de fecha 8 de noviembre del 2022, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se declara INADMISIBLE la demanda de cumplimiento de contrato de Comodato incoada por los accionantes prec.....