DECISIÓN
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada ALMARITT COLMENAREZ LUGO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 90456, en su condición de apoderado judicial de la accionada CONSTRUCCIONES YAMARO, C.A., en contra de la sentencia dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 15 de Abril del año 2009; REVOCANDOSE en consecuencia la misma.
2. CON LUGAR la OPOSICIÓN AL EMBARGO planteada por la accionada, REVOCÁNDOSE el DECRETO DE EMBARGO PREVENTIVO de fecha 18 de febrero del año 2009, LEVANTÁNDOSE la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, practicada por el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCU.....