DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este juzgado superior segundo en lo civil, Mercantil y del tránsito de la circunscripción del Estado Lara, administrado justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela, y en autoridad de la ley decide:
PRIMERO: De oficio se anula el auto de fecha 09-02-2022, en el cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción oyó en ambos efectos la apelación interpuesta por la abogada Milagro de Jesús Vargas, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 102.221, en su condición de apoderada judicial del accionado Serafín Gerardo Giménez Bullones, identificado en autos, contra la decisión definitiva de fecha 13-02-2020, emitida por el referido a quo y todas las actuaciones subsiguientes al mismo. Se repone la causa al estado que el a quo desglose del cuaderno principal el cuaderno de medidas, a los fines de que continúe con la tramitación y decisión de la referida incid.....