Se declaró INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos CRUZ ALEJANDRO MALVACIAS ALVAREZ, PEDRO JOSE CASTILLO LOPEZ, y WALDO MAYITO SOSA, identificados en autos, en contra de los AUTOS DICTADOS POR EL JUZGADO SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EN FECHA 01 DE AGOSTO DE 2005 EN EL EXPEDIENTE NO. KP02-L-2005-000840, con los cuales establecieron lo siguiente: El primero de ellos, en la cual oyó la regulación de jurisdicción planteada por la codemandadas y en la cual ordena remitir el expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia; y el segundo en la cual oye la apelación interpuesta por los demandados.