DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide.
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el accionante en procuración, abogado RICARDO ANTONIO DELGADO VICTORA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 300.533, contra la sentencia interlocutoria con carácter definitivo de fecha 29 de noviembre del 2022, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se declara INADMISIBLE la demanda de cobro de euros, vía intimación, incoada por el abogado RICARDO ANTONIO DELGADO VICTORA, identificado en autos, en su condición de endosatario en procuración de dos letras de cambio libradas a favor de la beneficiaria endosantes de éstas, ci.....