DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conociendo en atribuciones de consulta por mandato en el artículo 736 del Código Adjetivo Civil; DECLARA: SE ANULA todas las actuaciones subsiguientes a la decisión provisoria de fecha 26 de julio de 2012, en la cual declaró la interdicción provisional y designó al tutor interino, reponiendo la causa al estado de que notifique del nombramiento del tutor interino, ciudadano JORGE ANTONIO SEGOVIA CRESPO, titular de la cédula de identidad N° V-13.922.751; en consecuencia, se REPONE la causa al estado de que notifique del nombramiento de dicho tutor interino, a los fines de que manifieste la aceptación o no del cargo y en el primer supuesto, proceder a establecer la apertura del lapso probatorio del caso sub lite.
De conformidad con lo pre.....