se declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda de amparo constitucional intentada por el ciudadano Luís Alberto Medina Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.960.137, en contra de las decisiones dictadas por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fechas veintiuno (21) de julio del 2009 y veintidós (22) de septiembre del 2009 respectivamente, en el expediente signado con el N° KP02-V-2009-001599. En consecuencia se declina la competencia ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial. Se ORDENA la remisión inmediata del presente expediente a la URDD Civil para su distribución.