Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana ELIZABETH MUÑOZ MUÑOZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 20 de Enero de 2006. REVOCANDOSE PARCIALMENTE LA MISMA; y en consecuencia se decide lo siguiente:
1) SIN LUGAR LA DEMANDA de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE incoada por la ciudadana ELIZABETH MUÑOZ MUÑOZ (arrendataria) en contra del ciudadano ALVARO DE LA MERCED DUARTE ZERPA; constituyendo el objeto del contrato en local comercial que forma parte del inmueble en donde se halla el domicilio del último de los nombrados, el cual posee entrada independiente, ubicado hacia el final de la Avenida Hermán Garmendia (Avda. Circunvalación), entre Avenidas Capanaparo y Warical, Urbanización Club Hípico Las Trinitarias, diagonal a EPA, al lado del estacionamiento denominado SABUESOS, de ésta ciudad de Barquisim.....