Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Marlen Arias, en representación de Carlos Alfonso Paredes y Arminda Josefina Bastidas, identificados en autos contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, el día 20 de Abril del 2005, en la cual declaró terminada la incidencia de tacha contenida en autos, ratificándose en consecuencia la misma.
De conformidad alo previsto en el artículo 274 del CPC, se condena en costas a la parte apelante por haber resultado totalmente vencida.