Se declara CON LUGAR la inhibición formulada por el Abg. Rafael Albahaca Mendoza, Juez Titular del Juzgado Cuarto de Primera Instancia, con Sede en Carora, por estar hecha en forma legal y fundada en causal que la hace procedente. En consecuencia, remítase copias certificadas de esta sentencia con oficio a la URDD Civil, a los fines de que se sirva enviarlas al Juez Inhibido y a los Juzgados Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, Superior Tercero Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara y Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con oficio y oportunamente las presentes actuaciones a dicho Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y Tránsito del Estado Lara Carora, a los fines de que conozca el Suplente que resulte convocado y acepte conocer de la presente causa.