Se DECLARA INADMISIBLE la apelación interpuesta por el abogado DOUGLAS ESCALONA DUN, apoderado judicial de las ciudadanas ZOILINDA DEL CARMEN SUÁREZ DE MENDOZA, ELITA DEL CARMEN SUÁREZ DE MENDOZA, MARÍA LEONOR SUÁREZ DE RODRIGUEZ, NORIS AURORA SUÁREZ PÉREZ y NAYLET ORALIA SUÁREZ PÉREZ, identificadas en autos, contra el auto dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 14 de Abril de 2008. No hay condenatoria en costas en virtud de la decisión tomada.