DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA COFABRICA 657, R.S., inscrita en el Registro Inmobiliario del Municipio Palavecino del Estado Lara, en fecha 09/11/2004, anotado bajo el N° 41, folio 1 al 6, Tomo 10, Protocolo Primero y actualmente por cambio de domicilio se protocolizó ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 05/06/2012, anotada bajo el N° 10, folio 67, Tomo 16, Protocolo de Transcripción, con modificación parcial de los estatutos y cambio de Junta Directiva en fecha 05/06/2012, anotada bajo el N° 12, folio 77 Tomo 16, Protocolo de Transcripción, en la persona de su presidente CARLOS LUIS DAVILA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titula.....