D E C I S I Ó N
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando como Tribunal Asociado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 15 de mayo de 2018, contra la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2018, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto KP02-V-2016-002711, mediante la cual declaró sin lugar la demanda por desalojo de local comercial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en el recurso vistas las resultas del mismo.
TERCERO: CON LUGAR el alegato de Confesión Ficta alegada por la parte demandante recurrente.
CUARTO:CON LUGAR la demanda de desalojo de inmueble constituido en un local comercial, incoado por Firma.....