D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia consultada. En consecuencia, SE DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana JACINTA DEL CARMEN GARCÍA ORELLANA, designándosele como TUTOR DEFINITIVO a su hermano GENARO GARCÍA ORELLANA y como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos EDUARDA DEL CARMEN GARCÍA DE MÁRQUEZ, JUAN DE JESÚS GARCÍA ORELLANA, DILIA DEL CARMEN GARCÍA ORELLANA y ALEXANDRA MAYLING GARCÍA ALVARADO, a quienes una vez notificados por el tribunal a-quo, serán juramentados en caso de aceptación del cargo. Queda así CONFIRMADA la sentencia consultada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.