DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción judicial del estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada en contra de la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del estado Lara de fecha 0cho de septiembre de 2003, que declaró firme el decreto intimatorio y condenó a pagar la suma de Tres Millones de Bolívares (Bs. 3.000.000,00), hoy Tres Mil Bolívares Fuertes (Bs. 3.000,00). Las costas calculadas a la suma de Setecientos Cincuenta mil Bolívares (Bs. 750.000,00), hoy Setecientos Cincuenta Bolívares Fuertes (Bs. 750,00); no quedando firme la cantidad de Tres Millones Ciento Cinco Mil Bolívares (Bs. 3.105.000,00), hoy Tres Mil Ciento Cinco Bolívares (Bs. F. 3.105,00) por concepto de Cláusula Penal, calculado.....