DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por las abogadas ALEJANDRA BRICEÑO ÁLVAREZ y NEYERLYS ANGELICA RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderadas judiciales del demandado, en contra de la sentencia dictada en fecha 28 de marzo de 2016, por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA-CARORA. En consecuencia, se declara: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana YARY MARGARITA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.450.070, contra el ciudadano BERNARDO JOSÉ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.926.201, desde el primero (1º) de febrero del año mil noveci.....