D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano JOSE PINTO OROZCO, asistido del abogado Rafael Arturo González Rivas, contra el auto dictado en fecha 20 de Agosto de 2.003, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito del Estado Lara, mediante el cual oyó en un solo efecto la apelación interpuesta en fecha 18/08/03 contra la sentencia dictada por dicho Tribunal en fecha 06/08/2003, en la cual declaró extemporánea la oposición interpuesta por el apoderado judicial del demandado en el juicio de Ejecución de Hipoteca interpuesto por CENTRAL BANCO UNIVERSAL C.A. En consecuencia, Se ordena al Tribunal A-quo- oír en Ambos efectos la apelación interpuesta. Remítase copia certificada.....