DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por los ciudadanos MANUEL FARIA PINTO y FÁTIMA DOS SANTOS, en su carácter de Presidente y Secretaria de la ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO LUSO LARENSE, asistidos por el abogado Roger Rodríguez Toffolo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.469, en contra de la sentencia dictada en fecha 1 de Julio de 2015, el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL ESTADO LARA. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD del auto de fecha 01-07-2015, que homologo el convenimiento suscrito en fecha 16 de junio de 2015, en el juicio por QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, intentado por los ciudadanos JOSÉ RICARDO ANGEL BRICEÑO y CRISPIN CAPELA DE ALMEIDA, venezolanos, titulares de las cédul.....