D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NULA la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2016, por el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se REPONE la causa al estado que la parte accionante, debidamente representada indique el monto de la estimación de la demanda tanto en BOLÍVARES FUERTES como en UNIDADES TRIBUTARIAS, tal como lo estableció el Juez a-quo mediante auto de fecha 11/11/2014, a los fines de pronunciarse sobre su admisión, en el juicio de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA intentado por la ciudadana IYAIRA COROMOTO GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.720.601, en contra d.....