DECISION
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada en ejercicio YOLI GARCIA CONTRERAS, en representación de PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES C.C.M.C, A. E INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES DE VENEZUELA (I.C.V.)C.C., en contra de sentencia de fecha 13 de Noviembre de 2.007, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara en el presente juicio de Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, que DECLARÓ CON LUGAR la demanda de Resolución del Contrato de Venta con Reserva de Dominio, suscrito en fecha 9 de noviembre del 2005, quedando archivado bajo el No. 1517, en la Notaria Pública Quinta de Barquisimeto, Estado Lara, por la firma Mercantil OSHIMA MOTOR´S, C.A, (antes OSAKA MOTOR´S, .....