D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Lara declara SIN LUGAR la apelación formulada por el abogado Jesús Guillermo Andrade en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Leopoldo José Sira Hernández y Carla Cristina Machado Durán parte solicitante en el presente proceso de SEPARACIÓN DE CUERPOS contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 20-01-2005 que declaró INADMISIBLE la presente solicitud de separación de cuerpos. En consecuencia se CONFIRMA el fallo apelado.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al Libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.