En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centroccidental con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLINA el conocimiento de la presente causa a uno de los tres (03) tribunales superiores con competencia en lo mercantil, dado que al lado de los tradicionales tribunales Primero y Segundo Superiores en lo Civil, Mercantil y Menores, el otrora Superior del Trabajo y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial fue convertido en Tribunal Superior Civil, Mercantil y del Tránsito, careciendo de competencia minoril, lo que con mayor razón implica que este Superior Contencioso no deberían continuar llegando causas como la presente.