declara INADMISIBLE, el presente recurso, incoado por la ciudadana ZAIDA LETICIA GIL PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.318.056, de este domicilio, a través de sus apoderados judiciales JULISER COROMOTO RODRIGUEZ MARCHAN, JOSÉ AGUSTIN IBARRA Y PEDRO JOSÉ DURAN NIETO, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 64.268, 56.464 y 74.999, respectivamente, domiciliados procesalmente en la carrera 16 entre calles 26 y 27, edificio Estrados, piso 1, oficinas 11 y 12 de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, representada por el ciudadano SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, en la persona de su apoderada sustituta ALBA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 38.575, por cuanto la indexación; la cual .....