En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en primera instancia la demanda de contenido patrimonial, interpuesta por el ciudadano JOSÈ ANTONIO MONTILLA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad número 5.449.765, asistido por el abogado Gustavo Moron Piña, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 18.845, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva la acción interpuesta, de conformidad con lo establecido en el Capítulo II, Sección Primera, artículo 56 y siguientes de la Ley in comento.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del C.....