En virtud de todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso interpuesto por la ciudadana LAIDET MERCEDES VARGAS ALVARO, asistida por las abogadas CELIA CARMINA ARRAEZ RAMIREZ Y MARITZA ELENA HERNANDEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.472 y 60.007, respectivamente, por RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DE LA GOBERNACION DEL ESTADO LARA, de conformidad con lo previsto en el numeral 5° Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley.