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DECISION
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en Sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Declara SU COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano CARLOS GUILLERMO PEREIRA AVILA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 34.472, titular de la cédula de identidad número 5.936.521,actuando en su propio nombre y representación, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, representada en este acto por los abogados Jesús Antonio Pérez y Luz Marina Díaz Molina, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los N° 219.611 y 190.756,el primero en el carácter de Sindico Procurador Municipal de Iribarren y la segunda actuando como apoderada judicial.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE el recurso contenc.....