IV
DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara la PERENCIÓN de la instancia en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por las abogadas Ligia Garavito de Álvarez y Alejandra Rodríguez Álvarez, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los Nros. 80.533 y 68.261, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la sociedad mercantil EL DEDAL C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 7 de diciembre de 1999, quedando anotada bajo el Nº 16, Tomo 41-A, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 435, dicta.....