III
DECISIÓN
En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO presentado por los abogados Hector Rafael Villena Mora, I.P.S.A: 143.864, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, y Freddy Rondon Olivares, I.P.S.A: 76.095 , actuando en representación de la parte actora, ambos con plenas facultades conferidas mediante poderes que cursan a los folios 182vto y 44vto respectivamente; en juicio por Liquidación de la Comunidad Conyugal, interpuesto por la ciudadana EVELYN YOLMAR MENDOZA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº 16.247.859, en contra del ciudadano LUIS ALBERTO ARAUJO VIELMA titular de la cedula de identidad Nº 11.469.643, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: S.....