Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Zalg Abi Hassan, actuando como apoderado judicial del ciudadano Francisco José Llarenas Pérez, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 16 de noviembre de 2010, por el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a través de la cual declaró con lugar la demanda por desalojo incoada por la ciudadana Yrma Mercedes Zubillaga de Sequera; contra el ciudadano Francisco José Llarenas Pérez; todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto.
TERCERO: Se declara FIRME la sentencia definitiva dictada en fecha 16 de noviembre de 2.....