Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA LA DECISIÓN DICTADA POR EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA de fecha 2 de noviembre de 2005, por lo tanto declara SIN LUGAR la apelación intentada por JOSÉ ALEXIS ESPINOZA, abogado en ejercicio, mayor de edad, cedular Nº 3.034.248 inscrito en el en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 11.468, representante judicial de la parte recurrente.
Asimismo, se ordena notificar a las partes, en su domicilio procesal o en su domicilio general, si fuere el caso, de la presente decisión conforme ordenan los artículos 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia conforme lo establ.....