Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centroccidental con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE el recurso de nulidad del acto administrativo emanado del INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRIA Y GERONTOLOGIA (INAGER), incoado por MARIAN ASUNCION VERDE DE PEÑA, venezolana, mayor de edad, provista de la cédula de identidad Nro. 5.943.287, de este domicilio, representada judicialmente por el abogado HUMBERTO A. DEL NOGAL P, venezolano, mayor de edad, abogados en ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 10.435. en contra del INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRIA Y GERONTOLOGIA (INAGER), representada por la abogada en ejercicio FELIPA MORELLA NAVEDA OBERTO, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 46.537.