V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la recusación planteada por por la abogada Lissette Anubis Meléndez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.109, en su condición de apoderada judicial del ciudadano Jesús Omar Barreto, titular de la cedula de identidad N° 7.464.173, parte demandada, contra el abogado Hilarión Riera Ballestero, en su carácter de Juez del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la recusación planteada.
TERCERO: Se impone multa a la parte recusante, por la cantidad de dos bolívares con cero céntimos (Bs. 2,00), de conformidad con el a.....