Se declara inadmisible el recurso contencioso tributario incoado por el abogado Rubén Jesús Villavicencio Navarro, titular de la cédula de identidad N° V-4.173.560, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 14.618, actuando con el carácter de apoderado de la Sociedad Mercantil Consorcio Transmeica, en contra de la denegatoria tácita por haber operado el silencio administrativo en razón del recurso jerárquico incoado en contra de la Resolución N° 283-2010-09-05, de fecha 03 de septiembre de 2010, debidamente notificada el 29 del mismo mes y año, así como en contra del Acta de Reparo N° 0001-09-041, de fecha 13 de julio del 2009, dictadas por la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).