Este tribunal decreta medida ejecutiva de embargo sobre bienes pertenecientes a la demandada, hasta cubrir la cantidad de dieciocho mil trescientos ochenta y ocho bolívares con sesenta y cinco céntimos (Bs.18.388,65), si la medida recayese sobre sumas líquidas de dinero efectivo y hasta por la cantidad de treinta y seis mil setecientos setenta y siete bolívares con treinta céntimos (Bs. 36.777,30), si recayese sobre bienes propiedad de la demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 291 del Código Orgánico Tributario, más la cantidad de mil ochocientos treinta y ocho bolívares con ochenta y siete céntimos (1.838,87), por concepto de costas y costos del proceso, calculadas por este tribunal al diez por ciento (10%) de la obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario. Líbrese boleta de intimación con copia certificada de la compulsa. Asimismo, para la práctica de la medida se comisiona al Tribunal Ejecutor de Medidas de los Muni.....