DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con bases a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Parcialmente con lugar, la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana Paula Iraima Alvarez Riera, ya identificada, en representación de su hija la niña (Omitido artículo 65 LOPNA), en contra del ciudadano Pedro Antonio Rodríguez Ballestero, ya identificado. En consecuencia, se aumenta la pensión de alimentos a la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000,oo) mensuales, que equivale al 24,69% del salario mínimo nacional, que se aumentará con el incremento del salario mínimo nacional. Además, se deberá retener el 25% de las bonificaciones de fin de año y el 25% de las prestaciones sociales en caso de despido, retiro o jubilación por parte del organismo empleador. Dicha cant.....