DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la Sala de juicio Nº 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con lugar, la solicitud de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana Ada José Piña Arispe en representación de su hijo, el niño Diego Andrés, en contra el ciudadano Orlando Jesús Salcedo Oropeza, ya identificado. En consecuencia, se fija la obligación alimentaria en la cantidad de doscientos cincuenta mil bolívares (Bs. 250.000,oo) mensuales, que el obligado deberá depositar en una cuenta aperturada para tal fin, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte.
Regístrese y Publíquese.