DECISIÓN.
Con fundamento a lo anteriormente expuesto este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la solicitud de régimen de visitas, incoada por el ciudadano Omitido articulo 65 LOPNA Sisiruca Sequera, en contra de la ciudadana Ysabel Cristina Montes De Oca Nieves, ya identificados en autos. En consecuencia, se fija el régimen de visita para el niño Omitido articulo 65 LOPNA, de la siguiente manera: el ciudadano Omitido articulo 65 LOPNA, trasladará a su hijo los días lunes, miércoles y viernes, en las tardes a su vivienda, desde, las 12:00 p.m. hasta las 6:00 p.m. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Se le insta a los ciudadanos Omitido articulo 65 LOPNA Sisiruca Sequera e Ysabel Cristina Montes De Oca Nieves, mantener una buena relación y comunicación por el bienestar de su hijo y cumplir con este régimen de visitas establecido.
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