este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a tenor de la competencia establecida a este Juzgado de conformidad con el artículo 177 Parágrafo Primero, Literal "C", correlativamente con lo establecido en los artículos 08, 358, 361 y siguientes de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA, el acuerdo celebrado por los ciudadanos YANINA CAROLINA CASTRO JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.249.724, y el ciudadano YONIER BELFRED CADEVILLA PEROZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.273.349, en beneficio de los niños identidad omitida con forme a los establecido en el articulo 65 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y Adolescente. En consecuencia, téngase como una Sentencia Firme,