este Tribunal de conformidad con en el artículo 383 ordinal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Extinguida la Revisión Obligación de Manutención y en consecuencia terminada la presente causa, y dispone desincorporarla del Archivo Ordinario de esta Tribunal y remitir al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dar por terminado en el sistema Juris; y por cuanto la Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos MIGUEL ANGEL CHIURILLO SIRVO y LISBETH JOSEFINA REALES CHACON, por ante la Parroquia Concepción del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara,.....