DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente RESERVADO, plenamente identificado, a cumplir la siguiente medida:
Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de DOS (02) AÑOS, se le imponen las siguientes obligaciones:
A) matricula obligatoria o permanencia según sea el caso del adolescente en un Centro de Estudios, plantel o institución de educación, así mismo consignar constancia de estudio actualizado.
B) No verse involucrado en otro hecho delictivo.
C) No reunirse con personas de dudosa reputación.
El joven iniciará el cumplimiento de la medida de Imposición de Reglas de Conducta, desde la fecha de audiencia para notificarlo de esta decisión.
La Libertad Asistida por el lapso de DOS (02) AÑOS, la cumplirá bajo la supervisión de la LIC. ROSA MARQUEZ, Trabajadora social adscrita al equipo multidisciplinario de esta se.....