DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el Cese de la medida de PRIVACION DE LIBERTAD conforme al articulo 628 ejusdem, a favor del Joven Adulto: RESERVADO, ya identificado, por este Tribunal adolescencial y una vez verificado que dicho cumplimiento vence en fecha 29-02-2013, pero por ser un año Bisiesto vence en fecha 28-02-2013, y acuerda notificar a las partes, así como oficiar al Internado Judicial de San Felipe Estado Yaracuy, con la advertencia que dicho joven actualmente se encuentra cumpliendo medida Judicial Privativa de Libertad por el Juzgado de Control Nº 11 por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO en el Asunto penal KJ11-P-2007-700 remitido al Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara en fecha 06-09-2010.....