ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02 DE PRIMERA INSTANCIA EN RESPONSABILIDAD PENAL SECCION ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Acuerda de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho expresado en la Audiencia Oral por la Representación Fiscal y a la cual se adhirió la Defensa Pública y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, al Adolescente RESERVADO, titular de la cedula de identidad Nº V¿XX, fecha de nacimiento: XX, 17años, nacido en Carora Estado Lara, hijo de XX stado civil: soltero, profesión u oficio: Mecánico, grado de instrucción:, Residenciado en: XX Municipio Torres, Teléfono: XX, conforme a lo establecido en el artículo 285 numeral 4to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 37 numeral 15 y artículo 45 numeral 1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, t.....