DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto y en base a las disposiciones legales citadas, éste Tribunal de Control, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la responsabilidad penal del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXX, por la comisión del delito de Hurto con Destreza, previsto en el artículo 452 numeral 4 del Código Penal y se le sanciona con las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida ambas por el lapso de un (01) año, para ser cumplidas en forma simultánea, previstas en los artículos 620 literales b, d, 624, y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes . Se decreta el cese de la medida de presentación ante el Tribunal.
El JUEZ DE CONTROL Nº 01
Abog Gerardo Pastor Arias
El Secretario .....