DECISIÓN
Este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en contra del adolescente, hoy occiso SE OMITE SU IDENTIDAD..-