DECISIÓN DEL TRIBUNAL
Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 318, ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, por verificarse los requisitos establecidos en el artículo 615 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, en la investigación llevada por el Ministerio Público por el delito de APROPIACION INDEBIDA, previsto en el artículo 466 del Código Penal, a favor de la adolescente SE OMITE SU IDENTIDAD.,.-