PRIMERO: Con lugar la solicitud de Amparo Constitucional a la Libertad personal intentada por el ciudadano LUIS ALEXANDER CASTILLO MUNELO, en contra de la Prefectura del Municipio Torres. SEGUNDO: Se declara de oficio la Nulidad Absoluta del acto por el cual la Prefectura ordenó la detención del ciudadano LUIS ALEXANDER CASTILLO MUNELO, por haberlo dictado usurpando funciones de la autoridad judicial. TERCERO: Se ordena la expedición del correspondiente Mandamiento de Habeas Corpus a favor del ciudadano LUIS ALEXANDER CASTILLO MUNELO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.697.273, y domiciliado en la ciudad de Carora, Municipio Torres, estado Lara